Derecho civil

La palabra “civil” tiene su origen en el vocablo del latín “civile” que significa ciudadano; por tanto podemos decir que el Derecho Civil sirve para regular las relaciones entre las personas, incluidas las personas jurídicas (es decir, empresas y sociedades mercantiles). Las relaciones interpersonales pueden ser muy variadas.

Las más sencillas de comprender son las relaciones contractuales en las que cada parte asume sus obligaciones en el contrato. Por ejemplo, si Vd compra un coche su obligación será pagar el precio y la obligación del vendedor entregarle el vehículo, o si Vd recibe un préstamo, su deber será devolver el dinero en el plazo pactado. Ahora bien, ¿qué pasa si uno de las dos partes no cumple con su obligación?; en tal caso, se deberá acudir a las reglas del Derecho Civil para buscar la solución, en cuyo caso se podrá obligar judicialmente el cumplimiento, obteniendo una indemnización por los daños sufridos. En ocasiones nos encontramos con que esas obligaciones contractuales existen pero no las conocemos. Es lo que sucede por ejemplo cuando compramos el ticket para viajar en el autobús o en el metro, pues en ese caso el responsable de dicho transporte no solo se obliga a llevarnos al destino sino que también debe velar por nuestra seguridad, hasta el punto que ese ticket lleva incorporado un seguro para que recibamos una indemnización si nos caemos o sufrimos cualquier otro incidente. En esta rama del ordenamiento jurídico se encuentran regulados la práctica totalidad de los contratos (compraventas, arrendamientos, préstamos, donaciones, etc). No obstante, no todas las relaciones son contractuales pues el Derecho Civil también contiene normas relativas a reclamaciones de responsabilidad civil y herencias, que describo en otras ventanas.